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  Instituciones regidas por la SUDEBAN Editar Artículo principal:   Bancos de Venezuela Sector bancario y subsectores que lo conforman según la  Ley de Instituciones del Sector Bancario , [ 3 ] ​ al 31 de agosto de 2018): [ 4 ] ​ Banca universal Editar Banco Provincial, S.A. Banco Universal Banesco Banco Universal, C.A. Banco Mercantil, C.A. Banco Universal Banco Occidental De Descuento, Banco Universal, C.A. Banco Nacional De Crédito, C.A. Banco Del Caribe, C.A. Banco Universal Banco Exterior, C.A. Banco Universal Venezolano De Crédito, S.A. Banco Universal Fondo Común, C.A. Banco Universal Banplus Banco Universal, C.A. Banco Plaza, C.A., Banco Universal Banco Sofitasa, Banco Universal, C.A. Banco Caroní, C.A., Banco Universal Banco Activo, C.A. Banco Universal Del Sur Banco Universal, C.A. 100% Banco, Banco Universal, C.A. Bancamiga, Banco Universal, C.A. Citibank, N.A. Banco Universal Internacional De Desarrollo, C.A. Banco Universal Novo Banco, S.A. Banco De Venezuela...

SUDEBAN

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  La   Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario de Venezuela   ( SUDEBAN ) es el ente encargado de que los bancos e instituciones financieras con oficina en   Venezuela , cumplan con las normas locales referidas a ellas. Está adscrito al Órgano Superior del Sistema Financiero Nacional, que a su vez depende del   Ministerio del Poder Popular para las Finanzas . Logo de SUDEBAN Entre las actividades de la SUDEBAN se encuentran: Autorizar, supervisar, inspeccionar, controlar y regular el ejercicio de la actividad que realizan las instituciones que conforman el sector bancario de Venezuela. [ 2 ] ​ Señalar la corrección de las fallas que se detecten en la ejecución de las actividades bancarias y sancionar las conductas desviadas al marco legal vigente

Conclucion

  A través del presente artículo se analiza los efectos que produce la intervención Constitucional del Estado Sobre el derecho Constitucional de la libertad de empresa del sector bancario en Venezuela, haciéndose necesario en primer lugar examinar la situación jurídica según los criterios Constitucionales de la intervención del Estado y el derecho a la libertad de empresa del sector bancario en Venezuela. Durante la investigación realizada en el ordenamiento jurídico, más específicamente en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999) y la Ley de Instituciones del Sector Bancario (2014), se determinó que dada la importancia del sector bancario dentro del ámbito nacional como elemento que integra el Sistema Financiero Nacional es natural pensar en la necesidad de que este sector sea cuidadosamente regulado por los órganos del Estado, sobre todo teniendo en consideración que la legislación venezolana le otorga a la actividad bancaria la condición de servicio públic...

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  Finalmente, con la promulgación del decreto N° 1.402 que dicto el Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley de Instituciones del Sector Bancario, fue publicado en la Gaceta Oficial N° 6.154 Extraordinario del 19 de noviembre de 2014, este decreto derogo la anterior ley de instituciones del sector bancario (2011) y trae una serie de cambios en relación con la anterior ley de 2011. Es necesario mencionar que no hubo una modificación significativa en cuanto al régimen de la Superintendencia de Instituciones del Sector Bancaria y el Fondo de Protección Social de los Depósitos Bancarios, pero puede apreciarse una cierta tendencia a reducir el rol del Órgano Superior del Sistema Financiero Nacional, también destaca el tratamiento diferenciado del sector bancario público, con mayor intensidad incluso que en la original Ley al eximirlo del pago de los aportes de responsabilidad social, de acuerdo con lo establecido en su artículo 46.

Desarrollo

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 Desarrollo El  Sistema Bancario de Venezuela  se caracteriza por estar dominado por la banca pública nacional que para enero de 2022 cubría el 70,16 % de la cuota de mercado total, mientras que la banca privada ocupaba el 29,46 % y el resto en manos de la banca microfinanciera, banca de desarrollo e instituciones municipales de crédito (0,38 %). Para ese mes, existían 27 instituciones financieras; de ellas 23 son  bancos universales , 3 bancos microfinancieros y 1 instituto municipal de crédito. El sector empleaba 35 310 personas en 2867 oficinas y/o agencias. El principal banco para la fecha, por cuota de mercado total de activo es el  Banco de Venezuela  con un 60,76 %, seguido por el  Banco del Tesoro  con un 6,14 %,  BBVA Provincial  con un 5,47 %,  Banco Mercantil  con un 5,07 %, y el  Banco Nacional de Crédito BNC  con un 4,57 %. i Vista de las torres de los bancos...

Importancia del sector Público

  En Venezuela, se dio el caso de la nacionalización del Banco de Venezuela por parte del Presidente Hugo Chávez Frías en el año 2009 que buscaba como finalidad el impulso de la economía del país y poner los bancos al servicio del pueblo venezolano. Adquisición que se logró mediante un acuerdo con el Grupo Santander por 1.050 millones de dólares, dándole así al Estado el control sobre el 50% restante de la administración del Banco, este luego fue relanzado en septiembre de ese mismo año Sin duda, esta nacionalización se debe a que, pese que para el año 2002 el Banco de Venezuela era considerado el banco más grande del país, este debió ser rescatado por el gobierno venezolano en la crisis bancaria de 1994 por un estimado de 294 millones de dólares y subastado en 1996, donde fue adquirido por el Grupo Santander, siendo el mayor accionista por el 90% y lo fue hasta la nacionalización de este en el año 2009. Presento un decaimiento a partir del año 2007 dejando de ser el principal líde...

Sector Privado

  Dado a la importancia del sector bancario dentro del ámbito nacional como elemento que integra el Sistema Financiero Nacional, es natural pensar en la necesidad de ser regulado cuidadosamente por los órganos del Estado, pero la insuficiencia en la legislación respectiva así como la ambigüedad y vaguedad que desprende el texto normativo pueden ocasionar una limitación a la libertad de empresa de los miembros de las distintas instituciones financieras, que va más allá de la limitación a la propiedad privada y al ejercicio de la actividad económica de su preferencia.