Conclucion

 A través del presente artículo se analiza los efectos que produce la intervención Constitucional del Estado Sobre el derecho Constitucional de la libertad de empresa del sector bancario en Venezuela, haciéndose necesario en primer lugar examinar la situación jurídica según los criterios Constitucionales de la intervención del Estado y el derecho a la libertad de empresa del sector bancario en Venezuela.

Durante la investigación realizada en el ordenamiento jurídico, más específicamente en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999) y la Ley de Instituciones del Sector Bancario (2014), se determinó que dada la importancia del sector bancario dentro del ámbito nacional como elemento que integra el Sistema Financiero Nacional es natural pensar en la necesidad de que este sector sea cuidadosamente regulado por los órganos del Estado, sobre todo teniendo en consideración que la legislación venezolana le otorga a la actividad bancaria la condición de servicio público es decir una actividad que el Estado debe proveer de forma continua en el tiempo con la finalidad de satisfacer un interés colectivo.

Del mismo modo, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999) consagra el derecho a la libertad de empresa en su artículo 112, concatenado con su artículo 299 que establece el régimen socio-económico de la nación como un Estado social de derecho, de tal modo que se puede evidenciar el deber del Estado a proteger y promover las actividades económicas de los particulares, por lo tanto es importante delimitar de manera clara y concisa los límites de los derechos de los ciudadanos y también, los límites del Estado en cuanto a su intervención en las actividades netamente económicas.

Por otra parte, al contrastar La prohibición de monopolios en la constitucionalidad de la intervención del Estado y el derecho Constitucional de la libertad de empresa del sector bancario en Venezuela, se determinó que el régimen socioeconómico de la República puede encontrarse ante una serie de posibles cambios radicales que vayan a afectar el régimen constitucional y jurídico con la finalidad de que el Estado adquiera la mayoría de acciones de las instituciones bancarias que atraviesan problemas financieros y se convierta en el principal accionista de múltiples instituciones bancarias a nivel nacional ejerciendo un control mayoritario sobre el sector bancario, esto a través de una nacionalización bancaria de escaza planificación sustentada en el régimen sancionatorio de la ley de instituciones del sector bancario (2014).

Es entonces en ese supuesto, que se podría afirmar la institución de un monopolio Estatal conformado por la banca pública, de forma aparentemente legal y sin ningún tipo de pronunciamiento por parte de la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario, pero en clara contradicción con el mandato Constitucional de la prohibición de monopolios consagrado en el artículo 113 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999).

Por último, al comparar las reformas legales de las leyes que regulan la intervención de Estado y el derecho Constitucional de la libertad de empresa del sector bancario en Venezuela, puede observar un incremento en la regulación de la actividad bancaria en Venezuela, con una ley vigente que es eminentemente sancionatoria, debido a que de sus 274 artículos, 89 de ellos son normas punitivas en lo pecuniario, administrativo y penal.

En cuanto a las medidas de intervención, rehabilitación y liquidación, se incorporó como novedad la disposición que autoriza al superintendente de la SUDEBAN la declaración de medidas en contra de instituciones Bancarias que estuvieren incursas en actividades que atenten contra el orden constitucional o participen o apoyen, directa o indirectamente, actividades que atenten contra las actividades financieras o económicas de la República o de sus ciudadanos y ciudadanas extendiendo la responsabilidad a otras empresas que califique como relacionadas con la Institución Bancaria en cuestión. Tal disposición podría ser objeto de amplias interpretaciones que podrían atentar con el desarrollo de la actividad bancaria.

Por consiguiente, se puede afirmar que el exceso de intervención del Estado en la banca perjudica a las instituciones bancarias ya que les hace perder autonomía y por ende la excesiva regulación atenta contra su rentabilidad como sociedad anónima, como es el caso de la obligación que tienen todas las instituciones bancarias a otorgar créditos a los ciudadanos sin tomar en consideración la solvencia del solicitante, causando evidentes perjuicios tanto a la institución bancaria como al solicitante del crédito, al llevarlo a una situación de insolvencia continua, que pudiera afectar su capacidad

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